Exclusión voluntaria

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¿Qué significa la exclusión voluntaria?

Muchos padres preguntan acerca de la opción de excluirse de ciertos tipos de instrucción. Cuando se trata del “aprendizaje socioemocional”, comúnmente conocido como “SEL”, estamos recibiendo un número cada vez mayor de solicitudes sobre lo que significa la exclusión voluntaria, cómo excluirse y cuáles son los derechos de los padres con respecto a la exclusión voluntaria. Según el estado en el que viva, es posible que tenga la opción de excluir a su hijo del plan de estudios específico, o incluso de los exámenes. Una ley federal, la Enmienda de Protección de los Derechos de los Alumnos (PPRA, por sus siglas en inglés), permite a todos los estudiantes excluirse de las encuestas. 

Si desea excluir a su hijo, todas las solicitudes deben hacerse por escrito y deben volver a presentarse anualmente.

¿Tienen los padres el derecho de excluir a sus hijos de algunos aspectos de la escuela?

La exclusión voluntaria conlleva a ejercer su derecho parental de que su hijo no participe en ciertos tipos de instrucción. La exclusión voluntaria es un proceso formal que normalmente requiere una notificación por escrito o llenar un formulario de exclusión voluntaria suministrado por su escuela. Los distritos escolares tienen políticas diferentes sobre si los estudiantes pueden o no excluirse del aprendizaje socioemocional. Puede ser difícil excluirse de este tipo de instrucción porque cada vez vemos que la instrucción se abre paso en todos los aspectos del plan de estudios.

¿Cuál es el proceso para la exclusión voluntaria?

Los padres deben preguntar a sus directores cuál es el proceso de exclusión voluntaria en su distrito. Muchos tienen formularios de exclusión específicos del distrito que simplemente deben firmarse y entregarse a los funcionarios de la escuela. Guarde una copia de su formulario. Si su hijo tiene teléfono, pídale que tome una fotografía del formulario. Haga un seguimiento con su escuela para asegurarse de que se ha registrado el formulario. Si su distrito no proporciona un formulario de exclusión voluntaria, pregunte cómo hacerlo. Algunos distritos no quieren que los estudiantes opten por no participar, por lo que no suministran los formularios de exclusión voluntaria y no divulgan su derecho a excluirse.

En lo que respecta a las encuestas sociales y emocionales, como las realizadas por Panorama Education, los padres tienen derecho, según la PPRA, a excluirse. Su escuela debe ofrecer la opción de excluirse con un enlace al formulario de exclusión voluntaria. Si no lo hacen, póngase en contacto con su escuela y pregunte dónde puede obtener el formulario de exclusión voluntaria. Los formularios de exclusión voluntaria se pueden enviar en cualquier momento, pero se recomienda realizar la exclusión tan pronto como se anuncien las encuestas, generalmente en septiembre al comienzo del año escolar. A menudo hay un aspecto de intercambio de datos en el proceso de la encuesta en el que los distritos escolares comparten los datos de identificación personal de los estudiantes con las empresas que realizarán la encuesta. Cuanto antes en el proceso notifique a su escuela su deseo de excluirse, menos datos se compartirán sobre su hijo con el proveedor externo. Pregunte a su escuela qué datos de identificación personal se compartirán con empresas y consultores externos. 

Los padres deben seguir las comunicaciones de la escuela para estar al tanto de qué aprendizaje socioemocional se planea en su escuela y cuándo se impartirá, de modo que pueda hablar sobre la programación con su hijo. Para los estudiantes que optan por no participar, los padres deben comunicarse con su escuela y averiguar qué harán sus hijos durante el tiempo que se destina al SEL. Los estudiantes que han optado por no participar en SEL por lo general se quedan en el aula y leen durante la clase del SEL o salen del aula y acuden a la biblioteca, cafetería o teatro.

¿Cuáles son mis derechos con respecto a la exclusión voluntaria?

Desgraciadamente, la posibilidad de excluirse voluntariamente para no recibir material educativo no es universal. La mayoría de las leyes estatales se redactaron pensando específicamente en la educación sobre sexo y salud. Algunos estados, como Idaho, Missouri y Massachusetts, redactaron sus leyes para que se aplicaran solo a la educación sexual. La ley de California limita expresamente las exclusiones voluntarias a categorías muy limitadas dentro de la educación sexual. Otras leyes, como en Iowa, se aplican más ampliamente a cualquier tema de salud. Además, unos cuantos estados tienen salvaguardas de exclusión voluntaria muy limitadas, únicamente para la instrucción sobre prevención del SIDA.

Los padres deben preguntar a su escuela cuáles son las políticas de su distrito para excluirse de la instrucción del SEL. Los padres tienen derecho a pedir ver las lecciones y el material, incluidas copias de las encuestas del SEL, antes de la instrucción. Según la Ley Federal, los padres tienen el derecho de excluir a sus estudiantes de las encuestas. La Enmienda de Protección de los Derechos de los Alumnos, comúnmente conocida como PPRA, otorga a los padres este derecho.

¿Qué dice la Enmienda de Protección de los Derechos de los Alumnos (PPRA)?

Recibir una notificación y la oportunidad de excluir voluntariamente a un estudiante de:

1. Cualquier encuesta de información protegida administrada  o distribuida a un estudiante por una agencia educativa local  que recibe fondos en virtud de un programa aplicable (LEA) si la encuesta de información protegida  no se financia como parte de un programa administrado por el Departamento o se financia como parte de un programa administrado por el Departamento, pero el estudiante no está obligado a realizarla;

2. Cualquier evaluación o examen físico invasivo que no sea de emergencia requerido por una LEA como condición de asistencia; administrado por la escuela y programado por la escuela con antelación; y, que  no sea necesario para protegerla salud y la seguridad inmediatas de un estudiante, con algunas excepciones; y

3. Actividades de una LEA que impliquen la recolección, divulgación o uso de la información personal recopilada de los estudiantes  con fines de comercialización o venta(o de otro modo   distribuir dicha información a terceros con ese propósito), con algunas excepciones.

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