Derechos de las escuelas privadas

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Dado que las escuelas privadas se consideran agentes privados, tienen amplias facultades discrecionales sobre su misión, visión y operaciones.

LAS FAMILIAS DE LAS ESCUELAS PRIVADAS DEBERÍAN REVISAR DETENIDAMENTE SUS CONTRATOS DE INSCRIPCIÓN, ASÍ COMO TODOS LOS DEMÁS DOCUMENTOS RELACIONADOS.

Esto es una sorpresa para muchos padres, pero significa que las familias con hijos inscritos en colegios privados a menudo tienen derechos limitados que se detallan en el contrato de inscripción.

Si la escuela se compromete a ofrecer una determinada experiencia (por ejemplo: “un discurso intelectual abierto y sin restricciones”) y no lo hace, puede ser motivo para que una familia alegue que se ha incumplido una cláusula del contrato, y quizás interponer un recurso judicial.

Tenga en cuenta que muchos contratos también establecen un proceso de reclamación o adjudicación, a veces mediante arbitraje, así que busque esas cláusulas pertinentes.

IMPORTA CÓMO SE FINANCIA LA ESCUELA.

Si una escuela recibe financiación estatal o federal a través de programas como el Título II, el Programa Nacional de Comidas Escolares o las subvenciones de la Ley para la Educación de Personas con Discapacidades (Individuals with Disabilities Education Act, IDEA), la escuela podría tener la obligación de acatar ciertas leyes y estatutos.